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Panamá Sede de Empresas Multinacionales

Ley de incentivos. Empresas Multinacionales Panamá

El Gobierno junto al sector privado, precisaron las condiciones a fin de que nuestro país se convirtiera en un destino de Empresas Multinacionales, a través de la Ley 41 de 2007, se enmarcaron diversos Incentivos y Beneficios. La función de una Sede de Empresa Multinacional será brindar servicios únicamente al grupo empresarial al que pertenece, en atención a las actividades permitidas.


Actividades Permitidas

  • Dirección y/o administración para las operaciones en un área geográfica específica o global de una empresa del grupo empresarial.
  • La logística y/o almacenaje de componentes o partes requeridos para la fabricación o ensamblaje de productos que manufacturan.
  • Asistencia técnica a empresas del grupo empresarial o a clientes que hayan adquirido algún producto o servicio de la empresa.
  • La contabilidad del grupo empresarial.
  • La elaboración de planos que forman parte de diseños y/o construcciones, o parte de ellos, que constituyan parte del giro típico de la actividad de negocios de la casa matriz o de cualquiera de sus subsidiarias.
  • Las asesorías, la coordinación y el seguimiento de los lineamientos de mercadeo y publicidad de bienes o servicios producidos por su    grupo empresarial.
  • El procesamiento electrónico de cualquier actividad, incluidas las consolidaciones del las operaciones del grupo empresarial.
  • La gerencia financiera (tesorería), al grupo empresarial.
  • El soporte de operaciones e investigación y desarrollo de productos y servicios del grupo empresarial.
  • Cualquier otro servicio análogo previamente aprobado por el Ejecutivo.


Incentivos Fiscales

  • Exención del impuesto sobre la renta y del ITBMS por los servicios brindados a su grupo empresarial fuera del territorio nacional.
  • Exención del impuesto sobre la renta, para los ejecutivos, cuando sus salarios provengan de fuente extranjera.
  • Por los servicios que se brinden dentro de la Republica de Panamá, se pagará la mitad del impuesto sobre la renta sobre la cantidad a ser gravada.


Incentivos Laborales

  • La SEM podrá contratar ejecutivos extranjeros de niveles altos y medios que considere necesarios para la realización sus actividades.


Incentivos Migratorios

  • Visas Permanentes:

    Para el ejecutivo y sus dependientes por un término de cinco años, renovable.

  • Visas Temporales:

    Para el personal técnico que la empresa necesite temporalmente.



Importante:

Todos los trámites se realizan a través de la Ventanilla Única de Inversión del Ministerio de Comercio e Industrias. Las empresas con Licencia de SEM deberán presentar su declaración de renta al final del año fiscal .



Descargar Ley en PDF  

http://sem.mici.gob.pa/

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