


Certificado de Fomento a las Agroexportaciones en Panamá
El programa fue creado por la Ley No. 82 de 31 de diciembre de 2009 y consiste en apoyar el esfuerzo agro exportador de productos no tradicionales a través del instrumento fiscal denominado Certificado de Fomento a la Agro exportación (CeFA).
Características del CeFA:
- Es nominativo.
- Transferible por endoso.
- Caduca al año contado a partir de su refrendo por la Contraloría General de la República.
- Genera obligación por parte del estado a partir de su refrendo por parte de la Contraloría.
- No devenga intereses.
- Están exentos de toda clase de impuestos, tasa, derechos, y gravámenes nacionales.
- Servirá únicamente para el pago de cualquier impuesto nacional, con excepción de los impuestos municipales.
- La cesión, traspaso o enajenación del CeFA causará el impuesto sobre la renta a una tarifa definitiva de 5% sobre su valor.
¿Quién puede aplicar al CeFA?
- Todas las empresas exportadoras agrícolas o agroindustriales.
¿Quién no puede aplicar?
- Empresas localizadas en zonas especiales.
- Empresas localizadas en zonas francas.
- Empresas localizadas en zonas libres.
- Personas naturales o jurídicas que se acojan a otros programas de incentivos fiscales.
Descargar Ley en PDF
http://www.mici.gob.pa/export_cefa.php